Utilización de instalaciones y servicios municipales
- TASA POR UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y SERVICIOS MUNICIPALES Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS
FECHA DE APROBACIÓN EN PLENO: 25/10/2010
FECHA DE APROBACIÓN EN PLENO: 25/10/2010
Artículo 1. FUNDAMENTO Y RÉGIMEN ( Punto modificado en sesión plenaria 30/08/2013 BOCM Nº 274/2013)
1. Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y de acuerdo con lo previsto en el artículo 20,3.h) del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, que se regulará por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo citado.
ORDENANZA MODIFICADA EN SESIÓN PLENARIA DE 26 DE MARZO DE 2015