Mejoras en el parque infantil
Cerca del Trigal
OBRAS 2022
Resumen de obras en proceso.
OBRAS CALLE ERAS
ACTA DE COMPROBACIÓN DEL GASTO
Obras de reparación y simple asfaltado y pavimentado
CONSTRUCCIÓN DEL CUARTEL Nº 8
SE APRUEBA EL PROYECTO DE LA ACTUACIÓN DENOMINADA “CONSTRUCCIÓN DEL CUARTEL Nº 8 DEL CEMENTERIO DE NAVACERRADA
RESOLUCIÓN DE 5 DE MARZO DE 2021 DEL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL POR LA QUE SE APRUEBA EL PROYECTO DE LA ACTUACIÓN DENOMINADA “CONSTRUCCIÓN DEL CUARTEL Nº 8 DEL CEMENTERIO DE NAVACERRADA”, EN EL MUNICIPIO DE NAVACERRADA, DENTRO DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN REGIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL PERIODO 2016- 2019 (PRORROGADO).
OBRA ACERADO
CALLEJON ENTRE LAS CALLES DE LA IGLESIA Y TRAVESIA DEL SANTISIMO
Recepción de la obra de actuación Programa de Inversión Regional
Comprobación material de la obra URBANIZACIÓN DE LA CALLE MAGDALENA
Dirección General de Administración Local CONSEJERIA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Sigue leyendo Recepción de la obra de actuación Programa de Inversión Regional
Modificación la Ley del Suelo
En el día de hoy se ha publicado en el portal de Transparencia el texto normativo del anteproyecto de Ley… Sigue leyendo Modificación la Ley del Suelo
Obras-Parque de Calistenia
Aprobado el Proyecto de Urbanización
Aprobado el Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE 6 que desarrolla las Normas Subsidiarias y Complementarias de este municipio por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 20 de mayo de 2019, de conformidad con el artículo 56 bis de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se somete a información pública por el plazo de veinte días hábiles, en el departamento de Urbanismo del Ayuntamiento, plaza de los Ángeles, número 1, primera planta, las mañanas de los días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General del mismo o en cualquier otra forma permitida por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuantas alegaciones o reclamaciones estimen pertinentes en defensa de sus derechos.