Ayuntamiento de Navacerrada

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Español

Desbroce

D. Pablo Luis de Todos los Santos Jorge Herrero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Navacerrada,

HACE SABER:

Que en cumplimiento del artículo 12 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid y con la finalidad de minimizar el riesgo de incendio, se recuerda la obligación de los propietarios de terrenos, de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro; realizando las labores de limpieza necesarias para mantener, en todo momento, su masa vegetal en las condiciones precisas para minimizar riesgos de erosión o incendio, o que afecten a la seguridad o salud pública, o que puedan producir daños o perjuicios a terceros o al interés general, incluido el ambiental. Por tanto, se solicita la máxima colaboración de los vecinos afectados, recordándoles: La obligación de llevar a cabo, antes de que comience la época de peligro alto de incendios forestales, el día 15 de junio, y al menos una primera vez, todas aquellas labores de limpieza que contribuyan a la prevención de este tipo de incendio; así como la necesidad de mantener las parcelas limpias de vegetación seca, especialmente, en el periodo comprendido entre el 15 de junio y el 30 de septiembre, época de peligro alto de incendios definida en el Plan de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA).

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