DECRETO
El Ayuntamiento de Navacerrada, ante la sensibilidad existente en el municipio por la utilización de los huertos eco-sociales y con el objetivo de seguir fomentando la utilización de dichos huertos en usos hortícolas, lúdico-educativos y de consumo, procurando la adquisición de conocimientos agroecológicos, potenciando buenas prácticas ambientales y de cultivo y el respeto por lo natural, promoviendo la concienciación y educación ambiental, nutricional y los hábitos de vida saludable, favoreciendo las actividades y disfrute del ocio al aire libre.
El Ayuntamiento de Navacerrada procede a la convocatoria de concesión de licencias para el uso de huertos eco-sociales.
Esta Alcaldía, en uso de las competencias que tiene otorgadas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, viene en DISPONER:
PRIMERO.- Realizar la convocatoria de concesión de licencias para el uso de 5 huertos eco-sociales, de 50 metros cuadrados cada uno, situados en la parcela 18b del polígono 3 del catastro de rustica, denominado antiguamente “Vivero Municipal”.
SEGUNDO.- Establecer el plazo de presentación de solicitudes desde el día 22 de febrero de 2021 hasta el día 5 de marzo de 2021, ambos inclusive. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Navacerrada, a través del modelo normalizado de solicitud, creado a tal efecto, y en el plazo establecido en la convocatoria.
TERCERO.- De acuerdo con lo establecido en el Artículo 10 de la Ordenanza reguladora para huertos eco-sociales en el municipio de Navacerrada, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 296, de fecha viernes 13 de diciembre de 2013, los huertos eco-sociales se adjudicarán conforme a los siguientes criterios de valoración, siendo la puntuación máxima 10 puntos:
a)Desempleados, 2 puntos.
b)Haber cesado la vida laboral por jubilación, invalidez, prejubilación, o estar en cualquier situación asimilable a jubilado, 2 puntos.
c)Personas vulnerables en riesgo de exclusión social, 2 puntos.
d)Personas con discapacidad, superior al 33%, 2 puntos.
e)Personas que cumplan alguno de los requisitos anteriormente mencionados y que presenten la solicitud con otra o más personas para compartir el huerto, 2 puntos.
Se deberán presentar documentos acreditativos de los criterios de valoración anteriormente señalados.
Las solicitudes se presentarán acompañadas del:
– DNI o documento que legalmente le sustituya.
– Declaración jurada de que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en los puntos d) a f) del artículo 5 de la Ordenanza Reguladora.
– Las Asociaciones deberán presentar el documento oficial que las acredite como tales, así como la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones.
CUARTO.- Publicar dicha convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Navacerrada, así como en la página web (www.aytonavacerrada.org) del mismo.
Lo decreta, manda y firma Doña Ana Paula Espinosa Izquierdo, Alcaldesa Presidenta, en Navacerrada a la fecha de la firma digital





