Medidas Sanitarias para Prevenir la Influenza Aviar
El Ayuntamiento de Navacerrada hace público el bando municipal, firmado por D. Pablo Jorge Herrero, Alcalde-Presidente, sobre las medidas sanitarias para prevenir la difusión de la influenza aviar en la Comunidad de Madrid, conforme a la Resolución de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
Estas medidas responden a la situación epidemiológica actual y a la necesidad de proteger la sanidad animal, la salud pública y garantizar la bioseguridad de las explotaciones avícolas, ante la amenaza de la denominada gripe aviar o influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP), una enfermedad viral altamente contagiosa y de declaración obligatoria.
¿Qué es la influenza aviar?
La influenza aviar, comúnmente conocida como gripe aviar, es una infección viral que afecta a las aves y puede causar síntomas graves, especialmente cuando se trata de cepas de alta patogenicidad, con importantes tasas de mortalidad en aves de corral y domésticas.
Más información sobre la enfermedad en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA):
Medidas Sanitarias de Salvaguardia
Con base en la normativa vigente, se establecen las siguientes medidas obligatorias:
Prohibiciones y obligaciones
- Queda prohibida la utilización de patos y aves de ribera acuática como reclamo de caza.
- Se prohíbe la cría conjunta de patos y gansos con otras especies de aves de corral.
- No se permite la cría de aves de corral al aire libre, salvo autorización específica mediante instalaciones que impidan el acceso de aves silvestres y eviten su contacto con alimento o agua.
- Queda prohibido suministrar agua a aves de corral desde depósitos accesibles a aves silvestres, salvo si el agua ha sido tratada para inactivar el virus.
- Los depósitos exteriores de agua destinados a aves de corral deberán estar debidamente protegidos frente a aves silvestres.
- Se extreman las medidas de bioseguridad en todas las explotaciones avícolas, minimizando visitas y aplicando estrictos protocolos de limpieza y desinfección.
- Queda prohibida la presencia de aves de corral u otras aves cautivas en certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones, celebraciones culturales o centros de concentración de animales definidos por la Ley de Sanidad Animal, incluso al aire libre.
Estas medidas buscan reducir el riesgo de introducción y diseminación del virus entre las aves domésticas y evitar que el contacto con aves silvestres suponga un vector de transmisión.
Registro Obligatorio para Propietarios de Aves
Todos los propietarios de aves de corral o aves cautivas, incluidas aquellas explotaciones familiares o de autoconsumo, están obligados a registrarse en el censo correspondiente mediante la “Declaración de Datos de Subexplotación” (Anexo II – Modelo L para avícola).
Puedes consultar y descargar el modelo en la sede administrativa de la Comunidad de Madrid
En el Ayuntamiento de Navacerrada se facilita este impreso y se orienta sobre su presentación, que debe realizarse a través del Sistema ORVE (Ventanilla Única).
Consulta el Bando Completo
Puedes leer el bando íntegro con todas las medidas y anexos en la sede electrónica
Importancia de las Medidas
Estas medidas no solo están dirigidas a proteger a las aves y a los ganaderos, sino también a garantizar la seguridad alimentaria y la salud pública, evitando la propagación de una enfermedad que puede tener un elevado impacto sanitario y económico siguiendo los criterios de sanidad animal establecidos a nivel europeo y nacional.





