Ayuntamiento de Navacerrada

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Medidas Sanitarias para Prevenir la Influenza Aviar

El Ayuntamiento de Navacerrada hace público el bando municipal, firmado por D. Pablo Jorge Herrero, Alcalde-Presidente, sobre las medidas sanitarias para prevenir la difusión de la influenza aviar en la Comunidad de Madrid, conforme a la Resolución de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Estas medidas responden a la situación epidemiológica actual y a la necesidad de proteger la sanidad animal, la salud pública y garantizar la bioseguridad de las explotaciones avícolas, ante la amenaza de la denominada gripe aviar o influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP), una enfermedad viral altamente contagiosa y de declaración obligatoria.


¿Qué es la influenza aviar?

La influenza aviar, comúnmente conocida como gripe aviar, es una infección viral que afecta a las aves y puede causar síntomas graves, especialmente cuando se trata de cepas de alta patogenicidad, con importantes tasas de mortalidad en aves de corral y domésticas.

Más información sobre la enfermedad en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA):


Medidas Sanitarias de Salvaguardia

Con base en la normativa vigente, se establecen las siguientes medidas obligatorias:

Prohibiciones y obligaciones

  1. Queda prohibida la utilización de patos y aves de ribera acuática como reclamo de caza.
  2. Se prohíbe la cría conjunta de patos y gansos con otras especies de aves de corral.
  3. No se permite la cría de aves de corral al aire libre, salvo autorización específica mediante instalaciones que impidan el acceso de aves silvestres y eviten su contacto con alimento o agua.
  4. Queda prohibido suministrar agua a aves de corral desde depósitos accesibles a aves silvestres, salvo si el agua ha sido tratada para inactivar el virus.
  5. Los depósitos exteriores de agua destinados a aves de corral deberán estar debidamente protegidos frente a aves silvestres.
  6. Se extreman las medidas de bioseguridad en todas las explotaciones avícolas, minimizando visitas y aplicando estrictos protocolos de limpieza y desinfección.
  7. Queda prohibida la presencia de aves de corral u otras aves cautivas en certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones, celebraciones culturales o centros de concentración de animales definidos por la Ley de Sanidad Animal, incluso al aire libre.

Estas medidas buscan reducir el riesgo de introducción y diseminación del virus entre las aves domésticas y evitar que el contacto con aves silvestres suponga un vector de transmisión.


Registro Obligatorio para Propietarios de Aves

Todos los propietarios de aves de corral o aves cautivas, incluidas aquellas explotaciones familiares o de autoconsumo, están obligados a registrarse en el censo correspondiente mediante la “Declaración de Datos de Subexplotación” (Anexo II – Modelo L para avícola).
Puedes consultar y descargar el modelo en la sede administrativa de la Comunidad de Madrid

En el Ayuntamiento de Navacerrada se facilita este impreso y se orienta sobre su presentación, que debe realizarse a través del Sistema ORVE (Ventanilla Única).


Consulta el Bando Completo

Puedes leer el bando íntegro con todas las medidas y anexos en la sede electrónica


Importancia de las Medidas

Estas medidas no solo están dirigidas a proteger a las aves y a los ganaderos, sino también a garantizar la seguridad alimentaria y la salud pública, evitando la propagación de una enfermedad que puede tener un elevado impacto sanitario y económico siguiendo los criterios de sanidad animal establecidos a nivel europeo y nacional.

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