BANDO PREVENCIÓN DE INCENDIOS
HACE SABER:
Que en cumplimiento del artículo 12 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelode la Comunidad de Madrid y con la finalidad de minimizar el riesgo deincendio, se recuerda la obligación de los propietarios de terrenos de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro; realizando las labores de limpieza necesarias para mantener, en todo momento, su masa vegetal en las condiciones precisas para minimizar riesgos de erosión o incendio, o que afecten a la seguridad o salud pública, o que puedan producir daños o perjuicios a terceros o al interés general, incluido el ambiental.
Por tanto, se solicita la máxima colaboración de los vecinos afectados, recordándoles: