Licencias de obra menor
Obras e instalaciones que tienen la consideración de obra menor según el artículo 3.5.10 de las NNSS de Navacerrada
Art. 3.5.10 OBRA MENOR
A los efectos previstos en las Normas Subsidiarias tendrán la consideración de obra menor, aquellas que cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos: